El contrato cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel que virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
FUNDAMENTO LEGAL
TIPOS DE CONTRATO
- Contrato Individual de Trabajo: Cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel que por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
- Contrato Colectivo: Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.
- Contrato Ley: Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en un rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.
ASPECTOS DEL CONTRATO
Las Condiciones de Trabajo deberá presentarse por escrito y contener:
- Datos del trabajador y patrón: Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio.
- Relación de Trabajo: para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba.
- Actividades de Trabajo
- Lugar de Trabajo
- Duración de la jornada
- Forma y monto del salario
- Día y lugar del pago
- Otras condiciones de trabajo: días de descanso, vacaciones y demás prestaciones que convenga al trabajador y patrón.
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